El pago mensual o quincenal que el empleador o empresa debe pagar al trabajador de acuerdo con el contrato de trabajo, incluyendo salarios, comisiones, horas extras, recargos nocturnos, feriados, domingos, descuentos, etc., están basados en el recibo de pago también llamado nomina.
A continuación, proporcionamos un resumen de los aspectos más relevantes relacionados con el salario, y un enlace al artículo junto a este resumen, que brinda una introducción más detallada a cada tema. Estos son los datos actuales para 2021:
- Salario mínimo $ 908,526
- Asistencia de transporte $ 106,454
- El salario mínimo integral es de US $ 11,810,838.
Porcentaje de salario en 2022.
En cuanto al porcentaje salarial a considerar en 2021, tenemos lo siguiente.
Contribuciones cuasi-financieras:
- Sena 2%
- ICBF 3%
- Fondo de compensación familiar 4%
Cargas Prestacionales:
- Cesantías 8.33%
- Prima de servicios 8.33%
- Vacaciones 4.17%
- Intereses sobre las Cesantías 1% mensual
Consulte los siguientes artículos:
- Cómo liquidar la prima de servicios.
- Cómo liquidar el auxilio de cesantías.
- Liquidación d ellos intereses sobre cesantías.
- Cómo liquidar las vacaciones.
- Salud:
- Empresa 8.5%.
- Empleado 4%
- Pensión:
- Empresa 12%
Horas extras y recargo nocturno.
Tipo de hora. | Recargo. |
Trabajo extra diurno | 25% |
Trabajo nocturno | 35% |
Trabajo extra nocturno | 75% |
Trabajo dominical y festivo | 75% |
Trabajo extra diurno en dominical y festivo | 100% |
Trabajo nocturno en dominical y festivo | 110% |
Trabajo extra nocturno en dominical y festivo | 150% |
- Si ninguna de las partes notifica a la otra por escrito no menos de treinta (30) días antes de la fecha de vencimiento del período prescrito de su decisión de no extender el período del contrato, se puede entender que el período de renovación es igual al contrato original. , y en consecuencia analogía.
- Sin embargo, si el período fijo es menor a un (1) año, el contrato sólo podrá extenderse a tres (3) períodos consecutivos de igual o menor duración, después de los cuales el período de renovación no será menor a un (1) año. etc.
Contrato de trabajo indefinido
El artículo 47 de la legislación laboral sustantiva establece un contrato de trabajo indefinido, y el contrato no estipula un límite de tiempo ni un límite de tiempo.
Trabajo o contrato laboral.
Corresponde al contrato firmado dentro del plazo del contrato. Esta es una forma de contrato a plazo fijo porque se completa al final del trabajo que generó el contrato.
Día de trabajo.
La jornada laboral es la jornada laboral acordada por ambas partes, si no hay jornada laboral se aplica la jornada laboral máxima legal.
Trabaja día y noche
El trabajo diario se realiza entre las seis horas (6:00 am) y las 21 horas (9:00 pm). El trabajo nocturno es entre las 21 horas (9:00 pm) y las seis horas (6:00 am). Artículo 160 del CST.
Tiempo extra.
Las horas extraordinarias son trabajos que se inician después del final de una jornada laboral ordinaria, es decir, la complementa.
Domingos y festivos.
Como su nombre indica, el trabajo dominical y los feriados son las horas durante las cuales los trabajadores deben trabajar en esos días (días de descanso remunerado). Se requiere un recargo del 75%.
Salario.
Los salarios son la contraprestación que reciben los trabajadores por prestar servicios a sus empleadores, incluidos todos los pagos pagados, como comisiones, pago de horas extra y recargos.
El salario se puede pagar en efectivo o con dinero más en especie, como comida o vivienda.
Deducción.
Las deducciones son el valor de los descuentos, pudiendo deducirse giros postales, embargos judiciales, etc. Sin embargo, lo que no tiene relación con esto son las deducciones obligatorias para los trabajadores, como las deducciones por pago de la seguridad social y las retenciones de impuestos. Las deducciones también incluyen salud y pensiones que la empresa debe descontar a los trabajadores.
Subsidios:
No son impuestos ni donaciones, por la relación laboral constituyen una obligación del empleador. Fondo de compensación familiar Servicio Nacional de Aprendizaje SENA) Instituto de Columbia para el Bienestar Familiar (ICBF)
Seguridad Social:
La Ley N ° 100/93 estableció un Sistema Integral de Seguridad Social (SSSI) en Colombia que consta de los siguientes tres sistemas: Plan de pension Régimen de salud Sistema de riesgo profesional. Plan de pensiones: puede proteger a los trabajadores de la vejez, la discapacidad y la muerte.
La contribución es el 16% del salario del trabajador y se distribuye de la siguiente manera:
- Empleador: 12%
- Trabajadores: 4% del salario.
Además, los trabajadores deberán realizar los siguientes aportes como fondo de pensiones solidario para aquellos cuyos ingresos superen el salario mínimo de 4 meses al mes.
Sistema de salud: proteger a los trabajadores de enfermedades o emergencias maternas. Las contribuciones son el 12,5% del salario de los trabajadores y se distribuyen de la siguiente manera:
- Empleador: 8.5%
- Trabajadores: 4% del salario.
-Sistema de riesgo de empleo: protege a los trabajadores de accidentes y enfermedades profesionales en el trabajo, su contribución depende del grado de riesgo y la paga todo el empleador.
Las empresas suelen utilizar el 0,522%, que es el riesgo más común. Los siguientes conceptos se consideran en la contabilidad de nóminas.
Cesantías – Indemnización por despido:
El valor confirmado del servicio prestado por el empleado a la empresa cada año, si el empleado se jubila antes de ese año se abonará proporcionalmente. Fórmula para pagar la indemnización por despido:
Salario x número de días trabajados /360.
Los empleadores deben pagar el 8,33% del total de las cuentas por pagar cada mes.
Vacaciones fórmula:
Salario x número de días trabajados /720
El empleador paga el 4,17% del monto total adeudado cada mes. Indemnización por despido:
Todo empleador debe pagar al trabajador el interés anual de la indemnización, que es el 12% de la indemnización anual y no se depositará en el fondo hasta el 15 de febrero.
Liquidación:
Cesantías x Días Trabajados x 12% /360
Prima de servicios:
Se pagan 15 días en junio-15 días en diciembre, el aporte es del 8,33% sobre el total devengado.
Salario x número de días trabajados /360.
Nota: La asistencia de transporte solo se incluye en el cálculo de la tarifa de servicio y la asistencia por despido, para otros conceptos no se considera, es decir, se resta.
Aportes parafiscales.
Las contribuciones cuasi-financieras son contribuciones que los empleadores deben realizar sobre su salario mensual, a saber:
Sena | 2% |
ICBF | 3% |
Cajas de Compensación | 4% |
El artículo 114-1 del Reglamento Tributario contempla ciertas exclusiones o exenciones para el pago de contribuciones financieras y contribuciones de salud.
Liquidación de nómina.
La nómina debe pagarse regularmente, cada dos semanas o una vez al mes, o incluso una vez a la semana.
Si el plazo de pago del salario es menor a un mes, los conceptos como seguridad social y cuasi financiamiento deben pagarse mensualmente a la entidad correspondiente a través de PILA. El plazo máximo para el pago de salarios es mensual.